La defensa del presidente de Perú, Pedro Castillo, calificó como “una clara violación a la Constitución” la reciente decisión del fiscal del país, Pablo Sánchez, de incluir al Jefe de Estado en la indagación preliminar por un presunto caso de corrupción dentro del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), por el que investigan al exministro de esa cartera Juan Silva Villegas y a seis congresistas del partido Acción Popular, conocidos como ‘Los Niños’.
Benji Espinoza, uno de los abogados del mandatario, dijo al medio local Exitosa que la decisión de la fiscalía de señalar a Castillo por los supuestos delitos de organización criminal, tráfico de influencias agravado y colusión agravada,no tiene precedentes en la historia del derecho peruano, pues se trata de un mandatario en funciones, lo que vulnera el artículo 117 de la Constitución, que detalla los únicos casos en los que un Presidente podría ser acusado.
“Mi cliente se declara completamente inocente. Esta apertura de la investigación, que no tiene precedente en la historia del derecho peruano, es una clara y abierta violación al artículo 117 de la Constitución”, dijo Espinoza, quien resalto que si prosigue el caso, según lo que entiende la Fiscalía, entonces el Presidente tendría que responder a cualquier demanda que le hagan así no existan pruebas en su contra.
🔴🔵 Abogado de Pedro Castillo sobre investigación preliminar: "Es una clara violación a la Constitución"Benji Espinoza afirmó que el presidente "se declara completamente inocente". https://t.co/T32x18YiiV
— Exitosa Noticias (@exitosape) May 30, 2022
El abogado defensor también dijo que el fiscal Sánchez estaría haciendo una lectura errónea, al tratar de interpretar la Carta Magna a partir de lo que dice el Código Penal. Además, dijo que la Fiscalía “no ha presentado” las pruebas por los presuntos delitos que pretenden imputar a Presidente.
“El problema está cuando se pretende interpretar la Constitución a partir del Código Procesal Penal, lo cual es inaudito. Se pretende interpretar los alcances del precepto constitucional del artículo 117 a partir de la división de las etapas que establece el proceso penal, y no es así; se tiene que interpretar a partir del punto de vista de la Constitución”, comentó.
Espinoza también destacó que, según lo que establece la Constitución, los Jefes de Estado en funciones tienen inmunidad y por lo tanto no pueden ser perseguidos ni acusados, salvo las excepciones establecidas en la Carta Magna. Por esa razón, sostiene, que la reciente decisión de la Fiscalía “está erosionando” ese mandato constitucional.
Otras averiguaciones
La semana pasada se conoció también que la Fiscalía habría iniciado “diligencias preliminares” contra la primera dama de Perú, Lilia Paredes, por la presunta comisión de un delito contra la Administración Pública por su negativa a colaborar con la Justicia, en calidad de testigo, por el mismo caso en el MTC. En ese momento, la primera dama, acompañada de su abogado, se acogió a su derecho a no declarar.
Según el diario local El Comercio, que tuvo acceso a la disposición la Fiscalía, el proceso preliminar contra la primera dama deberá desarrollarse en un plazo de 60 días. Dicho delito se presenta de acuerdo con el artículo 371 del Código Procesal Penal.