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Decisión histórica: la Corte Constitucional de Colombia despenaliza el suicidio médicamente asistido

Decisión histórica: la Corte Constitucional de Colombia despenaliza el suicidio médicamente asistido

Imagen ilustrativa.https://pixabay.com/

La Corte Constitucional de Colombia despenalizó esté miércoles el suicidio médicamente asistido (SMA) como procedimiento para acceder a una muerte digna, en lo que supone una decisión histórica para el país latinoamericano, informan medios locales.

Lucas Correa Montoya y Camila Jaramillo Salazar, del Laboratorio de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DescLAB), habían presentado el año pasado una demanda en contra del inciso segundo del artículo 107 del Código Penal, que castiga con entre 16 y 36 meses de cárcel a quien induzca o apoye a una persona que quiera quitarse la vida, aun si la intención fuera poner fin a intensos sufrimientos provenientes de una lesión corporal grave o incurable.

En su petición sostenían que penalizar el SMA vulnera el derecho a morir dignamente, a una vida digna y al libre desarrollo de la personalidad, al impedir el acceso a una ayuda médica para aquellas personas que deseen poner fin a su vida de una forma transparente, acompañada, protegida y segura.

Diferencia con la eutanasia

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Seis miembros del máximo tribunal colombiano votaron a favor, mientras que tres lo hicieron en contra. La entidad judicial condicionó ese artículo del Código Penal para dejar claro que tal práctica no es delito, sino un procedimiento constitucionalmente protegido.

La decisión avala el suicidio médicamente asistido en los mismos términos en los que hoy en día está permitida la eutanasia en Colombia: cuando el paciente esté diagnosticado con una lesión corporal o una enfermedad grave e incurable; cuando esto le produzca intensos dolores físicos o psíquicos que sean incompatibles con su idea de vida digna; y cuando manifieste expresamente su intención y la respectiva asistencia la proporcione un médico.

La diferencia entre el SMA y la eutanasia es que, en el primer caso, es el mismo paciente quien decide ejecutar una acción que termine con su vida, mientras que en el segundo es un profesional de la salud quien la lleva a cabo, más allá de que la persona en cuestión haya dado el consentimiento para causar su propia muerte.

¿Qué dice el Ministerio de Salud?

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Con este histórico fallo, Colombia se suma a una pequeña lista de países donde el suicidio médicamente asistido es legal: Suiza, Países Bajos, Luxemburgo, Canadá, Australia, España, Alemania y EE.UU. (solo en algunos estados).

Según el DescLAB, entre 2010 y agosto de 2021 se documentaron en Colombia 125 procesos investigativos por el delito de inducción o ayuda al suicidio. De ellos, 29 % (37 casos) siguen activos. Tres están en imputación de cargos, uno en fase de acusación y otro fue resultó en condena.

El Ministerio de Salud le envió a la Corte Constitucional un reparo técnico en el que señaló que el SMA debería ser objeto de debate en el Congreso, antes de legalizarse, y no el resultado de un fallo judicial, teniendo en cuenta la “complejidad que supondría la inclusión de tal práctica como proceso asistencial en el Sistema General de Seguridad Social en Salud”.

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